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Por Lic. Alejandro Kuri Pheres.
Director del Instituto de Administradores de Inmuebles A.C.
Cuántas veces hemos oído a algún amigo, familiar o conocido decir que va a ir a la papelería a comprar un contrato de arrendamiento porque va a rentar una casa o departamento a otra persona. O peor aún, que alguien va a rentarle un cuarto pero como es conocido no hace falta hacerle contrato.
Situaciones como las anteriores son cosa de todos los días. Miles de personas en toda la República mexicana, rentan inmuebles a otras personas sin firmar un contrato o con contratos de “machote” comprados o bajados de internet, poniendo en riesgo su patrimonio familiar.
Ya hablamos en otra ocasión de la importancia de seleccionar bien a nuestros inquilinos, pero una vez escogidos es necesario contratar correctamente. A continuación enumero los elementos necesarios que debe contener un contrato de arrendamiento.
- Nombres de las partes, señalando el carácter con el que participan en el acto jurídico, es decir, aclarando quien es el arrendador y quien el inquilino.
- Dirección exacta del inmueble, señalando número exterior, interior, colonia, delegación o municipio, código postal y ciudad.
- El precio de la renta, señalando que el pago es mensual.
- El plazo del arrendamiento, que normalmente es de un año forzoso para ambas partes.
- El lugar de pago, donde debemos señalar una dirección donde el inquilino está obligado a entregar el importe de la renta para efectos legales, aunque en la práctica el pago se haga por medio de depósito bancario, transferencia o cobranza directa.
- El uso que se le va a dar al inmueble.
- La cantidad entregada como depósito para garantizar el pago y que normalmente es equivalente a un mes de renta.
- El nombre y dirección completos del fiador, que personalmente prefiero sea un familiar cercano –padre, madre, hermano o tío- así como la dirección completa y datos del registro público de la propiedad del inmueble que señala como garantía de pago.
- La fecha de elaboración y firma del contrato.
- Las firmas del arrendador, inquilino y fiador.
La redacción del cuerpo del contrato depende de cada persona y no cambia sus efectos mientras contenga todos los elementos mencionados anteriormente.
Como siempre, mi mejor recomendación es que cuando realicen cualquier operación inmobiliaria se asesoren de un Profesional Inmobiliario certificado.
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