Es indudable y muy visible que día a día se viene experimentando en la profesión, un incremento en las personas que a la actividad inmobiliaria se dedican
Es por ello que es urgente dar certeza a las operaciones de intermediación, con esto evitar riesgos ante la ausencia de un marco jurídico e identificar plenamente a los prestadores de servicios inmobiliarios y estén calificados o inicien un proceso de profesionalización a los que no con el fin de dignificar la función de los agentes inmobiliarios. Con la propuesta de ley se plantea, además, prevenir la actuación de personas sin capacidad profesional y evitar exista información carente de sustento legal y técnico, lo cual deja al usuario de estos servicios en grave estado de indefensión, al margen de sus derechos, y sin seguridad jurídica a compradores y propietarios.
En el marco de las disposiciones legales y jurídicas aplicables, se planteo ante el titular de la Cámara de Diputados se logren homogeneizar los criterios y regulaciones para la realización de las operaciones que los agentes inmobiliarios ejecuten.
Se reflexiono también, sobre la importancia de establecer bases firmes y directas, con el fin de impulsar procedimientos eficaces para la defensa de los convenios celebrados entre agentes inmobiliarios, consumidores y usuarios en materia inmobiliaria.
En resumen, el espíritu de esta ley busca entre otros,
1.- Se fomenten los principios de libre mercado y la libre competencia entre los agentes, con el fin de motivar la modernización de sus servicios y la calidad de estos en pro del consumidor
2.- Combatir la Informalidad
3.- Aumenten los pagos por impuestos, derechos y productos;
4.- Se obligue la capacitación y con esto se incrementen los niveles de profesionalismo y comportamiento ético por parte de los agentes inmobiliarios
5.- Fomentar un mayor control y transparencia en la información sobre el mercado inmobiliario.
6.- Apegarse a los ordenamientos contra lavado de dinero y contra el financiamiento del terrorismo
7.- Disminuyan radicalmente los riesgos de los propietarios y compradores cuando realizan operaciones de indole inmobiliario
Se dejo claro que entendemos los Agentes Inmobiliarios Registrados es necesario tengan experiencia, conocimientos y capacitación para asesorar y manejar el patrimonio inmobiliario de terceros, ya que si se logra habrán de evitarse por consecuencia las malas prácticas inmobiliarias (robos, estafas, engaños) que empañan la actividad profesional, así como cuidar el origen de los recursos de estas operaciones.
La base de la reunión es la firma del Convenio entre la AMPI y la Cámara de Diputados celebrado el 5 de abril, no se deje esto como siempre en el tintero y se vuelvan realidad los conceptos de colaboración; se acordó complementariamente la participación de la AMPI Nacional para los trabajos en las modificaciones a la Ley de Profeco, las leyes de Vivienda y del Infonavit, las leyes de asentamientos humanos, las que tienen injerencia en el crecimiento de las metrópolis.
El viernes 5 de agosto la Comisión Legislativa AMPI se reunirá con los abogados del Congreso Federal que trabajan este proyecto para consensar criterios para la iniciativa.
Atentamente
Ing. Adán Larracilla Márquez
Presidente Nacional |