Noviembre 2009 - Número 19
     ARTÍCULOS DE OPINIÓN:
   
 

¿Y Tú Para Cuando?

 

Por  C.P.  Mary Lolys Álvarez Toledo

El 07 de Octubre 2009,  se publicó en el periódico oficial del Estado de Tabasco la Ley de Operaciones Inmobiliarias del  Estado de Tabasco, la cual determina disposiciones de orden público y de interés social que tienen por objeto la creación y establecimiento de las normas y principios del Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios. Contarán con 90 días para acercarse a la Secretaria de Desarrollo Económico (SEDECO) todas las personas  físicas o jurídicas colectivas (morales) que  se dediquen de forma habitual y retribuida  dentro del Estado de Tabasco, a asesorar o intervenir como mediador para la celebración de un acto jurídico en el que se transmita el dominio, uso o goce temporal de un bien inmueble. De tal manera que se les extienda la respectiva Licencia (autorización) para que por cuenta propia o por cuenta de terceros puedan realizar operaciones inmobiliarias.  Entendiéndose por operaciones inmobiliarias el acto de intermediación, tendiente a la celebración de un contrato de compraventa, arrendamiento, transmisión de dominio, fideicomiso, administración, comercialización, consultoría, entre otros.

AMPI  sección Villahermosa  fue el principal impulsor de esta Ley, contando con el apoyo incondicional de las secciones de Sonora y Coahuila, pioneras de este gran logro de reconocimiento a la actividad inmobiliaria formal, establecida, responsable con sus obligaciones fiscales, en constante capacitación y en busca permanente de la profesionalización de  sus servicios.

También se resalta que fue determinante la constante comunicación con los responsables de las  áreas de Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado y de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la SEDECO (organismo que será el responsable de la operatividad del Registro) para siempre permearles que era  un proyecto incluyente para todos los involucrados en las operaciones inmobiliarias. Reflejándose en la protección del patrimonio de los intermediados y la claridad contractual que de mayor  garantía al Agente Inmobiliario.

En el siguiente apartado podrán observar el seguimiento de la primera etapa de  este ambicioso  proyecto de reconocimiento a la profesionalización inmobiliaria  con una duración de un año ocho meses. Esperando poder compartirles más adelante las experiencias en los registros, otorgamiento de las licencias, programas de capacitación  e impacto social de esta normatividad.

Seguimiento
1.- 10 de Marzo 2008- Junta con el Secretario de Desarrollo Económico (SEDECO), Mario de la Cruz Sarabia, el Presidente Nacional de AMPI, Arq. Sergio Dueñas y la mesa directiva 2008 de AMPI Sección Villahermosa. En esta reunión se le platica al Secretario los beneficios  que brinda a los Tabasqueños  la creación de un Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios y el otorgamiento de una Licencia Inmobiliaria para regular su operación.

2.- 10 de Marzo 2008- Toma de protesta de la mesa directiva 2008 de AMPI Sección Villahermosa con la presencia del Gobernador del Estado, QFB. Andres Granier Melo,  el Secretario de SEDECO (visitado previamente), el Secretario de Obras Publicas -Ing. Hector López Peralta, la  Delegada del Infonavit - Lic. Guadalupe Mendizabal, entre otros lideres de cámaras y asociaciones. En el mensaje de su servidora (presidenta 2008) se hace mención del beneficio de la regularización del mercado inmobiliario al existir más de 500 personas en el Estado  de Tabasco dedicadas a la actividad y sin existir normatividad que brinde certeza jurídica a los involucrados. Por su parte, el Presidente Nacional  de AMPI  (Arq. Dueñas) al tomar la palabra, reforzó con su mensaje la importancia de poder ser el tercer estado con Licencia Inmobiliaria. Al tomar la palabra el gobernador, quien mientras escuchaba nuestras palabras volteo a preguntar al secretario de SEDECO, de que se trataba, ofreció el apoyo de su gobierno para ser el tercer estado con Licencia Inmobiliaria.

3.- 14 Marzo 2008- Se ingresa el escrito a SEDECO para reunirnos  con el área correspondiente y comenzar a trabajar en el Proyecto de Ley de acuerdo al ofrecimiento directo del Gobernador del Estado.

4.- 18 Marzo 2008- Reunión con el área jurídica de la SEDECO, quienes nos cuestionan sobre el alcance de la Ley y las implicaciones que traía para el sector.  (se llevan antecedentes  de la Ley de Sonora y Coahuila) .

5.- 07 Abril 2008-  El  Área Jurídica de SEDECO turna a la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo la solicitud del apoyo para la creación de una Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado de Tabasco.

5.- 24 Junio 2008- En respuesta, Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo pide al Área Jurídica de SEDECO nos soliciten lo siguiente: concepto de operaciones inmobiliarias y agentes inmobiliarios así como su modo operativo, actividades y servicios, informe de un  padrón de prestadores de servicios inmobiliarios  debiendo mencionar cuales son agremiados de  AMPI, impacto social de la Ley de Operaciones Inmobiliarias en el Estado de Tabasco, un proyecto de ley y un estudio comparado de las leyes mencionadas (Sonora y Coahuila). IMPORTANTE: EN ESTE APARTADO EL ASESOR CONTRATADO POR AMPI NOS EVITA SEÑALAR A QUIENES NO ESTEN  AFILIADOS EN AMPI, YA QUE NO ES RECOMENDABLE  JURIDICAMENTE SEÑALAR LA PRESUNTA ACTIVIDAD DE ALGUNA PERSONA.
6.- 13 Noviembre 2008- Se contrata al  Notario y Doctor en Derecho Jesus Antonio Piña, reconocido por su docencia, experiencia como servidor público y desarrollador inmobiliario, para que nos realice un Proyecto de Ley que uniera las propuestas de Sonora y Coahuila aunado a las observaciones de AMPI Villahermosa.

7.- 13 Enero 2009- Se recibe el proyecto de Ley que incluye el estudio comparado, justificación, motivos, etc. Imprimiéndose en hojas membretadas de AMPI Villahermosa  para ser entregado a la SEDECO.

8.- 20 Febrero 2009- Se entrega el Proyecto en CD e impreso a SEDECO.

9.- SEDECO turna el proyecto  a la Consejería.

10.- 27 Abril 2009- Reunión con Consejería para el análisis del Proyecto y revisión de ciertos cambios de forma como el término persona moral que fue sustituido por el término de  persona jurídica colectiva. Se respeta en un 95% el proyecto presentado inicialmente por AMPI Villahermosa.

11.- 22 Mayo 2009- Se ingresa al Congreso del Estado la Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado de Tabasco con el apoyo de la rubrica del Poder Ejecutivo.

12.- 29 Mayo 2009- La iniciativa de Ley es turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

13.- 21 Septiembre 2009- A solicitud de AMPI  Villahermosa nos reunimos en la sesión de trabajo de la Comisión  de Gobernación y Puntos Constitucionales para  exponer la importancia de la aprobación de esta Ley y el beneficio que traerá a la población que su patrimonio este en  manos de profesionales. La Ley  es aprobada por unanimidad para que baje al pleno y sea aprobada por el total del Congreso.

14.- 28 Septiembre 2009- Se aprueba la Ley en el pleno del H. Congreso  del Estado de Tabasco.

15.- 07 Octubre 2009- Se publica en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco la Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado de Tabasco.

Actualmente, se trabaja en el reglamento de  la Ley,  el cual deberá estar listo para su aprobación en un plazo de   90 días hábiles  a partir del 07 de octubre 2009 para que se presente como complemento de operación de la nueva normatividad.

Sabemos que en varias secciones ya se esta trabajando en su proyecto de Ley y para aquellos que aún no han iniciado esta labor los invitamos para que se logre consolidar a nivel nacional este sueño de profesionalización que AMPI ha perseguido por mas de 50 años.

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